Archivada la causa de supuestas irregularidades en el Valle de Egüés por parte de UPN
La juez confirma el archivo del caso por las supuestas irregularidades en Egüés.
En el auto de la juez se estima que, aunque el informe que en su día realizó la Cámara de Comptos es la principal prueba incriminatoria, el resto de la instrucción practicada no permite constatar indicio delictivo alguno.
La juez confirmó el archivo decretado por ella en junio de 2017 del que fue llamado ‘caso Egüés’, por las supuestas irregularidades llevadas a cabo por dirigentes de UPN al cargo del Ayuntamiento. A pesar del archivo, la resolución puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra.
Según se recoge en el auto sobre el informe de Comptos, aunque es “la principal prueba incriminatoria, el resto de la instrucción practicada no permite constatar indicio delictivo alguno, no solo las últimas testificales practicadas, sino también documental obrante en la causa y las declaraciones testificales de los muchos técnicos que han ido deponiendo a lo largo de la instrucción”.
Añade que en el ámbito penal “corresponde a la acusación la carga de la prueba de la culpabilidad y la acusación recurrente (el Ayuntamiento del Valle de Egüés) no concreta hechos irregulares contables, ni ningún otro hecho no contable con trascendencia penal, resultando así imposible efectuar la labor de subsunción de los hechos denunciados en tipo penal alguno, que por otra parte la acusación tampoco concreta en este primer motivo del recurso”.
“No corresponde al instructor penal más calificación que la de los hechos con trascendencia penal, sin tener que entrar en valoraciones adicionales que no le competen”, señala la titular del Juzgado de Primera Instancia de Aoiz.
Además, indica que “si bien es cierto” que el auto que archivó el caso “se apoya en forma fundamental en el acta provisional del Tribunal de Cuentas para acordar el sobreseimiento, ello es porque la propia acusación reconoce que las más de 50 irregularidades detectadas por la comisión de investigación fueron la base para el informe de la Cámara de Comptos, y resulta que sometidos tales hechos a la superior instancia que representa el Tribunal de Cuentas, dicho tribunal no corrobora irregularidades contables”.
Añade finalmente que “dicha superior instancia no solo analiza supuestos de ausencia de justificación de gastos por quienes disponen de fondos públicos, sino también supuestos en que los fondos públicos se aplican a fines distintos de los legalmente previstos”.
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